Presentación de Informes de Cumplimiento Ambiental (ICAs) ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible profirió la Resolución 0077 del 16 de enero de 2019 mediante la cual estableció las fechas de presentación de los Informes de Cumplimiento Ambiental (ICAs) ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). En relación con esta Resolución 0077 de 2019 (la “Resolución”) se resalta lo siguiente:
- La Resolución le aplica a los proyectos, obras o actividades sujetos a licenciamiento ambiental o planes de manejo ambiental de competencia de la ANLA. De manera que no le aplica a otros instrumentos de la ANLA como en el caso de los posconsumo.
- La Resolución fija unas fechas de presentación según el tipo de periodicidad (anual, semestral o trimestral).
- La fecha dependerá del último dígito del expediente (LAM o LAV), así:
- LAV-00001-2019
- LAM 00001-00
- ICAs a partir del 1 de enero de 2020:
A partir del 1 de enero de 2020 las fechas de presentación ANUAL serán las siguientes:
A partir del 1 de enero de 2020 las fechas de presentación SEMESTRAL serán las siguientes:
A partir del 1 de enero de 2020 las fechas de presentación TRIMESTRAL serán las siguientes:
- La Resolución estableció un régimen de transición para los reportes que se deben presentar durante el año 2019, así:
Informes ANUALES a ser presentados durante el 2019:
Informes SEMESTRALES a ser presentados durante el 2019:
Informes TRIMESTRALES a ser presentados durante el 2019:
- Los ICAs sólo se entenderán presentados cuando los mismos se encuentren debidamente validados por la autoridad, lo cual implica que los mismos deben estar completos con todos sus respectivos anexos (GDB).
- De requerirse ajustes la ANLA otorgará un plazo máximo de un mes para remitir la información correspondiente, dicho plazo se cuenta desde el momento en que sea informado el pronunciamiento por parte de la ANLA.
- Se deberá remitir la información correspondiente en el Modelo de Almacenamiento de Datos Geográficas en cada ICA, así como la información asociada a:
- Áreas o trazados licenciados/autorizados
- Uso y demanda de recursos naturales
- Obras de infraestructura del proyecto e infraestructura asociada
- Localización punto des monitoreo
- Información sobre cumplimiento de inversión forzosa de no menos del 1% y de compensaciones ambientales
- Plan de gestión del riesgo
- La demás información requerida bajo el instrumento ambiental, y los demás autos de seguimiento.
- En el caso de los proyectos del sector hidrocarburos se debe remitir adicionalmente la información sobre la infraestructura según sea su condición (activo, seco, abandonado, taponado, etc.) y el tipo de infraestructura (producción, exploración, transporte, etc.).