Resolución 2254 del 1 de noviembre de 2017 “Por la cual se adopta la norma de calidad del aire ambiente y se dictan otras disposiciones” del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Esta Resolución, trae una serie de niveles máximos tanto para contaminantes como para contaminantes tóxicos en el aire. Para los primeros establece unos niveles permisibles que rigen a partir del 2018 y otros para el 2030, mientras que para los segundos sólo establece los que rigen a partir del próximo año. Adicionalmente, establece la obligatoriedad del monitoreo de la calidad del aire por parte de las Autoridades Ambientales; para proyectos, obras o actividades esta obligación queda consagrada en tres casos: para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, como actividad periódica o fija según se establezca en el Plan de Manejo Ambiental o cuando así lo ordene una Autoridad Ambiental cuando advierta que una actividad, obra o proyecto que no sea objeto de licenciamiento ambiental genere impactos negativos en la calidad del aire.

La Resolución continúa estableciendo los niveles de prevención, alerta y emergencia por contaminación del aire y las maneras para el cálculo de los mismos. También establece la necesidad de elaborar Programas de Reducción de la Contaminación del Aire en las áreas fuente de contaminación por parte de la Autoridad Ambiental competente. Prosigue estableciendo el Índice de la Calidad del Aire y sus puntos de corte, en el que se señala por medio de colores los efectos en la salud de las personas que puede tener determinado nivel de contaminación del aire. Por último, señala que la socialización uy divulgación de la información sobre la calidad del aire es obligatorio y como mecanismo para esto establece el SISAIRE.