Decreto 2205 de 26 de diciembre de 2017 “por el cual se modifica parcialmente el Capítulo 18, Título 1, Parte 2, Libro 1 del Decreto 1625, Único Reglamentario en Materia Tributaria y se dictan otras disposiciones” del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Tras la reforma tributaria, las personas jurídicas tienen el derecho a descontar de su impuesto sobre la renta el 25% de las inversiones en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente que hayan realizado en el respectivo año gravable. Sin embargo, el reglamento aplicable a dicho beneficio fue derogado.
El Decreto 2205 adiciona dicho reglamento al Decreto 1625. En él se definen las inversiones para el control del medio ambiente y las inversiones de conservación y mejoramiento del medio ambiente. Adicionalmente, contiene el listado de inversiones de inversiones que dan derecho al descuento del impuesto sobre la renta y aquellas que no dan derecho a este beneficio.
Los requisitos para este beneficio son que la inversión sea realizada directamente por una persona jurídica, que una autoridad ambiental acredite que dicha inversión corresponde a alguna de las descritas en el párrafo anterior y que no se realice en cumplimiento de una licencia ambiental y que se acredite por el representante legal y el revisor fiscal el valor de la inversión y el valor del descuento.
Para la certificación se establece que las distintas autoridades ambientales son las encargadas de expedirla, pero que en caso que la inversión se realice en jurisdicción de dos o más de ellas, esta función corresponderá a la ANLA.