Resolución 41265 del 17 de diciembre de 2016, expedida por el Ministerio de Minas y Energía
El derecho de preferencia en concesiones mineras está establecido en el artículo 53 de la ley 1753 de 2015 no contaba con una regulación que estableciera los parámetros para su ejercicio. Fue por esto que el Decreto 1975 de 2016 estableció en cabeza del Ministerio de Minas y Energía la facultad de establecer las condiciones para el ejercicio de este derecho de preferencia.
Estas condiciones se establecen en la Resolución 41265 del 17 de diciembre de 2016, en donde se clasifican los tipos de beneficiarios (sean beneficiarios de licencias de explotación que hayan optado por prórroga o de contratos de pequeña minería) y se establecen los documentos requeridos para solicitar el derecho de preferencia.