Auto 053 de 2017 – Corte Constitucional

Este Auto recoge los escritos de nulidad en contra de la Sentencia T-445 de 2016 presentados por la Agencia Nacional de Minería con Coadyuvancia de la Agencia Jurídica del Estado, el Ministerio de Minas y Energía – con Coadyuvancias de Asogravas y la Unidad de Planeación Minero Energética –UPME, Cremades y Calvo-Sotelo Abogados, la Asociación de Mineros e Hidrocarburos del Tolima, la Asociación Colombiana de Minería y la Procuraduría General de la Nación – Grupo Asesores en Minas, Hidrocarburos y Regalías

Los impugnantes alegaban entre otras cosas el desconocimiento del precedente de la Sala Plena. Para esto, la Corte señaló el alcance de las Sentencias C-983 de 2010, C-395 de 2012, C123 de 2014, C-035 de 2016, C-73 de 2016 y C-298 de 2016. La Corte en pleno señaló que estas Sentencias van en concordancia de la Sentencia T-445 de 2016, en el sentido de señalar las competencias concurrentes entre los entes territoriales y la nación para la toma de decisiones sobre la explotación de los recursos que se encuentran en el Subsuelo.

También se alegaba una contradicción entre la parte motiva y la parte resolutiva de la Sentencia T-445 de 2016. Sin embargo, la Corte considera que este argumento se basa en una mala interpretación de la Sentencia, puesto que esta no recoge una falta de competencia de los municipios para la toma de decisiones en materia de explotación del subsuelo.

Por último, concluye que lo alegado por los impugnantes no sigue la ratio de la Sentencia T-445 de 2016. La Sentencia en cuestión no trae un cambio de la Jurisprudencia, sino que recoge los lineamientos de la misma y los aplica en el caso concreto de la participación de la Ley 136. Por ende, La Corte rechaza las solicitudes de nulidad.